viernes, 12 de octubre de 2007

Exhortan a poner la justicia social como norte en las políticas habitacionales

En carta enviada a las autoridades de la vivienda reunidas en la CEPAL.

Un llamado a reconocer el derecho a la ciudad como sustento institucional y legal de las políticas urbanas destinadas al desarrollo de ciudades justas, humanas, democráticas y a realizar acciones para revertir la evidente desigualdad social y territorial de las ciudades latinoamericanas, formularon los participantes del seminario “Derecho a la ciudad y la vivienda”, al término de la jornada efectuada en Valparaíso.


La exhortación está contenida en una carta firmada por los numerosos y diversos participantes nacionales e internacionales de la V jornada y fue remitida de manera urgente a las Autoridades Superiores de Vivienda y Urbanismo de Iberomérica (MINURVI) reunidas en la sede de CEPAL en Santiago.

Con la lectura de esta misiva y diversas reflexiones en torno a poner la justicia social como norte en las políticas habitacionales se puso término ayer a la V jornada Internacional de Vivienda Social, organizada por el Instituto de la Vivienda (INVI) de la FAU y la Facultad de Arquitectura de Valparaíso.

Declaración

A las autoridades superiores de vivienda y urbanismo de Iberoamérica, MINURVI, reunidas en la CEPAL.

En Valparaíso, a 10 de octubre de 2007, reunidos en el Seminario “Derecho a la ciudad y a la vivienda”, convocado por el Instituto de la Vivienda, INVI, de la Universidad de Chile y por la Facultad de Arquitectura de la Universidad de Valparaíso y el XIII Encuentro Anual de la Red Universitaria Latinoamericana de Cátedras de Vivienda (RED ULACAV), nosotras y nosotros, representantes de organizaciones de la ciudadanía en distintos países de América Latina.

Consideramos que en la mayoría de las ciudades de América Latina el acceso al suelo urbano para los pobres es cada vez mas difícil, en donde persisten espacios vacíos desocupados que son aprovechados por la especulación inmobiliaria, quienes se apropian de la valorización del suelo luego de la inversión en infraestructura que hacen los gobiernos.

La población pobre es forzada a buscar un lugar en la periferia, en las áreas degradas ambientalmente y sin redes de servicios. Por ello existe un fuerte crecimiento de los asentamientos informales y un retraso persistente en los procesos de regularización.

En el entendimiento que estas circunstancias son contrarias a la previsión del art. 34 inciso f) de la Carta de la OEA y que la propuesta presentada por el gobierno de Brasil en la Reunión de MINURVI en Santiago representa la visión y las propuestas que todas las organizaciones aquí firmantes tenemos y que es expresada por las redes de organizaciones de la sociedad civil, académicas y gobiernos locales que promueven la Carta Mundial de Derecho a la Ciudad; les impulsamos a que incluyan en su declaración final de MINURVI el siguiente acuerdo:

Adoptar las medidas necesarias para elaborar y promover marcos legales urbanos nacionales que consagren el derecho a la ciudad como promotor de políticas urbanas orientadas al desarrollo de ciudades justas, humanas, democráticas y sustentables.

Constituir un Grupo de Trabajo para sistematizar y diseminar instrumentos legales, políticas de desarrollo urbano, acciones, programas y proyectos nacionales y locales, orientados al reconocimiento, protección e implementación del derecho a la ciudad tanto como acciones estratégicas para revertir el cuadro de desigualdad social y territorial de las ciudades.

Someter a la consideración de los jefes de Estado y Gobierno de la Cúpula de países Iberoamericanos que adopten y reconozcan el derecho a la ciudad como sustento institucional y legal de las políticas urbanas destinadas al desarrollo de ciudades justas, humanas, democráticas y sustentables, y como medida estratégica para combatir la desigualdad social y territorial de nuestras ciudades.

Asimismo proponemos que el Grupo de Trabajo que se constituya deberá contemplar la participación y consulta permanente de las organizaciones locales, nacionales e internacionales de la sociedad civil que venimos impulsando este proceso.

Firman:

ANDHA-Chile, Región de Valparaíso, andhachile@gmail.com
Coalición Hábitat de México, hic-al@hic-al.org
COHRE - Centro por el Derecho a la Vivienda y contra los Desalojos, cohreamerica@cohre.org
Comité de Vivienda Villa Los Condores, Sector 4 (Temuco) loscondores@gmail.com
Contrato Social por la Vivienda – Ecuador, silvana@ciudad.org.ec
Coordinadora Interzonal de Campamentos, Chile, pobladores@iglesia.cl
Coordinadora por una Ficha de Protección Social Justa, Chile, lautaro.guanca@gmail.com
SUR, Corporación de Estudios Sociales y Educación, corporación@sitiosur.cl
Forum Nacional de Reforma Urbana, FNRU, Brasil, nelsaule@uol.com.br
Fundación Trabajo en la Calle, matias@trabajoenlacalle.cl
Hábitat Internacional Coalition, HIC, General Secretariat, Chile, gs@hic-net.org
Hábitat para la Humanidad , Chile, info@hphchile.cl
Hábitat para la Humanidad Brasil , habitat@habitatbrasil.org.br
Hábitat para la Humanidad , Internacional / LAC, lac@habitat.org
Instituto de la Vivienda, FAU (Universidad de Chile) invi@uchile.cl
Movimiento por la Reforma Urbana , Argentina, elsamarcelarodriguez@yahoo.com.ar
Programa de Mantenimiento Habitacional, FADU/UBA, pmh@fadu.uba.ar
Red Encuentro de Entidades No-Gubernamentales para el Desarrollo, Argentina, marta.baima@sehas.org.ar
Red Universitaria Latinoamericana de Cátedras de Vivienda, ULACAV (Presidencia), invi@uchile.cl
Secretaría Latinoamericana de Vivienda Popular, SELVIP, evaniza@uol.com.br

Edición: Universia / JM

jueves, 11 de octubre de 2007

Con firma de protocolo culmina el Foro Iberoamericano de Vivienda

La Ministra Patricia Poblete calificó el acuerdo como "un documento muy valioso", que anima a seguir avanzando "en la dimensión prioritaria de la cohesión social" de las ciudades y asentamientos humanos.

El XII Foro Iberoamericano de Vivienda y Desarrollo Urbano concluyó este miércoles en Chile con la firma del "Protocolo de Santiago", en el que los ministros asistentes establecieron como prioridad "el derecho a la ciudad y las políticas integrales de desarrollo urbano".


El documento, que recoge las conclusiones de un debate en el que han participado representantes de 20 países iberoamericanos, lamentó que el crecimiento de los asentamientos urbanos "no siempre ha ido acompañado por un acceso equitativo a servicios e infraestructuras", lo que ha generado "una mayor exclusión".

Por ese motivo, los ministros y otras autoridades de Vivienda y Urbanismo propusieron "la consagración del derecho a la ciudad" como base del desarrollo de localidades "justas, humanas, democráticas y sustentables".

El documento señaló, en el mismo sentido, la necesidad de "generar políticas públicas estructurales y eficientes que reconozcan el derecho a la ciudad, que aseguren el derecho al suelo, a viviendas adecuadas, a infraestructuras y equipamiento social".

La ministra local, Patricia Poblete, calificó el "Protocolo de Santiago" como "un documento muy valioso", que anima a seguir avanzando "en la dimensión prioritaria de la cohesión social" de las ciudades y asentamientos humanos.

La funcionaria destacó, durante su discurso de clausura, la necesidad de "un acceso sin discriminaciones a vivienda de estándares dignos, a barrios equipados y seguros, y a ciudades integradas física y socialmente".

El "Protocolo de Santiago" será elevado, para su consideración, a la XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, que se celebrará en Santiago entre el 8 y el 10 de noviembre bajo el tema central "Cohesión social y políticas públicas para alcanzar sociedades más inclusivas".

Fuente: EFE

lunes, 8 de octubre de 2007

Pensar una Posadas a futuro para los niños y jóvenes de hoy

Las propuestas serán presentadas en ocasión de la revisión de la carta orgánica municipal.
Diferentes actores sociales debatieron ayer acerca de un planeamiento urbano para los próximos años. Coincidieron en que la perspectiva de ciudad debe tener una visión global de desarrollo colectivo
En el pizarrón se leía: “La forma de las ciudades no la hacen los arquitectos ni los ingenieros sino los ciudadanos”. Esa premisa afirma que una comunidad debe estar proyectada para cada uno de sus habitantes y no para el determinado goce de un pequeño sector privilegiado.
El derecho a la ciudad significa un desarrollo colectivo y busca garantizar el usufructo pleno de la comunidad con solidaridad y sin dañar el medioambiente, preservando la memoria y la identidad cultural.
Esas fueron algunas de las ideas que referentes sociales de diversos puntos cardinales refrendaron como preámbulo en la “Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad” durante el Foro Social Mundial, promovido desde 2001. Para ello, en cada ciudad, se debe abrir un espacio de debate acerca de lo que afecta o favorece el desarrollo de su calidad de vida. Así, las propuestas de planeamiento urbano no sean exclusivamente promovidas desde un partido político sino de las voces de diversos actores sociales, que no son precisamente los que se valen de los presupuestos públicos.

Ideario colectivo
Ayer fueron convocados representantes de diversas organizaciones sociales de Posadas para la primera Jornada por el Derecho a la Ciudad, organizado por la Secretaría de Investigación y Postgrado de la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Misiones (F.H. y C.S de la UNaM).
Artistas, movimientos vecinales, asociaciones civiles, estudiantes universitarios y periodistas compartieron las inquietudes para el desarrollo posadeño.
Víctor Delpiano, de la Asociación Afectados del Brete, dijo que la Entidad Binacional Yacyretá modificó el plano urbano de Posadas y relocalizó a los barrios ribereños, los que que perdieron su identidad.
“Ellos hacen lo que quieren”, se quejó Delpiano y vaticinó que en el futuro, “cuando los posadeños miren al río van a llorar”, por la contaminación progresiva del Paraná.
En tanto que Xaba, representante de una organización nacional de periodistas en la web indymedia.org, propuso la creación de galpones comunitarios en cada barrio posadeño para su utilización cultural, debido a la actual carencia de espacios para las expresiones artísticas.
Elena Maidana es la directora del proyecto universitario “Espacio, Comunicación y Cultura”. En diálogo con El Territorio dijo que “es importante trabajar en las ciudades desde los sujetos” y no a la inversa. La docente consideró que “muchas veces hay una reducción de Posadas al centro y no se sabe dónde termina la ciudad”.
El derecho a la ciudad abre el juego a todos los integrantes barriales para planificar un lugar más apto para convivir.
“En general hay una visión más tecnocrática”, dijo Maidana acerca de las decisiones gubernamentales. “Hay gente que tiene la voz autorizada para pensar, decir y hacer la ciudad. Los que convivimos en ella ¿no pensamos nada?”, argumentó la docente. Confesó que en Posadas “hay un problema de fragmentación” entre reclamos ciudadanos que deben ser articulados.
Maidana manifestó que todos los presentes en la “Jornada por el derecho a la ciudad” coincidieron que el planeamiento urbano debe estar pensado para la juventud y la niñez. “Todas las cosas hay que hacerlas para los chicos de hoy”.
Cada 20 años, la Carta Orgánica municipal es revisada con nuevas perspectivas de crecimiento, la intención es que esta vez los ciudadanos puedan participar con inquietudes concretas. Para ello, el encuentro tuvo como objetivo abrir una investigación de desarrollo colectivo.

Fuente: Territorio Digital

domingo, 7 de octubre de 2007

CHILE: ACTORES SOCIALES DISCUTIRAN POR EL DERECHO A LA CIUDAD Y A LA VIVIENDA

Académicos, miembros de organizaciones sociales, representantes del gobierno y sector privado se reunirán en Valparaíso, en paralelo a la Asamblea General de Ministros iberoamericanos de Vivienda y Urbanismo.


“El Derecho a la Ciudad es definido como el usufructo equitativo de las ciudades dentro de los principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justicia social. Es un derecho colectivo de los habitantes de las ciudades, en especial de los grupos vulnerables y desfavorecidos, que les confiere legitimidad de acción y de organización, basado en sus usos y costumbres, con el objetivo de alcanzar el pleno ejercicio del derecho a la libre autodeterminación y un nivel de vida adecuado. El Derecho a la Ciudad es interdependiente de todos los derechos humanos internacionalmente reconocidos…”

(ARTICULO II.Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad. 2005. En línea: http://www.hic-al.org/documentos/cartaderechociudad.pdf)



Como un deber ético ineludible consideró el Instituto de la Vivienda (INVI) de la Universidad de Chile convocar a una jornada sobre “El derecho a la Ciudad y a la vivienda”, con el fin de plantear soluciones hacia un mayor bienestar y calidad de vida entre los habitantes de nuestras ciudades. El organismo dependiente de la Facultad de Arquitectura y Urbanismo de la Universidad de Chile convocó a V JORNADA INTERNACIONAL DE VIVIENDA SOCIAL, que se efectuará el miércoles 10 de octubre en la ciudad puerto de Valparaíso.

Asimismo a partir del día 11 y hasta el 13 de octubre se realizará el DECIMO TERCER ENCUENTRO DE LA RED UNIVERSITARIA LATINOAMERICANA DE CATEDRAS DE LA VIVIENDA sobre “El Derecho a la Ciudad y a la Vivienda: Propuestas y Desafíos en la Realidad Actual”


El Instituto de la Vivienda (INVI) ha expresado su preocupación ante los sucesivos hechos noticiosos que han dejado al descubierto la deficiente condiciones de vida que día a día deben enfrentar buena parte de los habitantes de Chile. La mala calidad constructiva de las soluciones habitacionales, las condiciones de inseguridad, hacinamiento, estigmatización y exclusión social en que viven buena parte de sus habitantes, y las luchas reivindicativas de distintas agrupaciones y organizaciones sociales por alcanzar soluciones reales y efectivas por sus demandas, constituyen claros ejemplos de lo anterior.

Por otra parte, el organismo señala que no es posible volver la espalda ante el evidente incremento de la segregación urbana, la privatización de los espacios de uso colectivo, la desarticulación de las redes sociales, el desplazamiento de las familias pobres hacia la periferia, como efectos que están sufriendo las ciudades latinoamericanas sometidas a los procesos de globalización.

Todos son factores que inciden sobre la calidad de vida de las personas, por lo que se han convocado con inusitada urgencia foros de intelectuales, políticos, autoridades de gobiernos para debatir esta temática. Ejemplo de ello son el Primer Foro Social Mundial en Puerto Alegre el año 2001, el Foro Social de las América en Quito del año 2004, el Foro Mundial Urbano en Barcelona, el mismo año, y la Tercera Sesión del Foro Urbano Mundial en Vancouver en Junio de 2006.

En este sentido, la reciente postulación de Chile al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas vuelve a poner sobre el tapete el debate respecto del cumplimiento que estas prerrogativas en nuestro país, donde el acceso a una vivienda digna constituye un desafío importante en el mejoramiento de la calidad de vida de buena parte de la población tanto en nuestro país como en gran parte de América Latina.

Es por esta razón que en paralelo a la realización de la Asamblea General de Ministros de Vivienda (Minurvi) y del Foro Iberoamericano de Vivienda y Urbanismo a realizarse en nuestro país, el Instituto de la Vivienda de la Universidad de Chile y la Facultad de Arquitectura de la Universidad de Valparaíso han congregado a distintos representantes del sector público y privado, dirigentes de organizaciones sociales y académicos a nivel latinoamericano a participar de la V JORNADA INTERNACIONAL DE VIVIENDA SOCIAL y XIII ENCUENTRO DE LA RED ULACAV Y “El Derecho a la Ciudad y a la Vivienda: Propuestas y Desafíos en la Realidad Actual”, eventos que tienen por objetivo debatir en torno a la importancia del Derecho a la Ciudad y a la Vivienda en aras de un mayor bienestar y calidad de vida entre los habitantes de nuestras ciudades.

Ambos encuentros se desarrollarán sucesivamente en la ciudad de Valparaíso del 10 al 13 de Octubre de 2007, Valparaíso – Chile. Mayores informaciones en la página web del Instituto de la Vivienda de la Universidad de Chile http://www.invi.uchile.cl/derechociudad/


Se agradece asistencia y difusión a esta importante actividad

Contacto: Silvia Yermani , periodista Facultad de Arquitectura y Urbanismo U. de Chile 09 /7 4997433- 978 3085

www.uchilefau.cl

Contactos Comité Organizador Académicos INVI:

Antropólogo Carlos Lange V. clange@uchile.cl 02 978 30 37 / 08 929 63 67

Arquitecto Claudio Pulgar Pinaud cpulgar@uchile.cl 02 978 30 37 / 09 874 44 44

www.invi.uchile.cl

Fuente: El Ciudadano, Chile

sábado, 29 de septiembre de 2007

Jornadas de Lucha por la Reforma Urbana y por el Derecho a la Ciudad

Movimientos sociales urbanos y organizaciones que integran el Forum Nacional de Reforma Urbana (FNRU) estarán en Brasilia, los días 1 y 2 de octubre, para participar de la Jornadas de Lucha por la Reforma Urbana y por el Derecho a la Ciudad, que contará también con movilizaciones en todo el país para reivindicar políticas públicas de urbanización democrática y de respeto del derecho de todos a la ciudad.
Las actividades se desarrollarán durante la primera semana del mes, cuando se celebra el Día Mundial del Habitat. En la fecha, el Forum pretende también instituir y celebrar el Día Nacional de la Reforma Urbana. Las acciones tienen por objetivo aumentar la visibilidad de la problemática urbana en Brasil, presionando al poder público para que implemente políticas de promoción de derecho a la ciudad y ampliar la participación y control social en la gestión de las ciudades.

En todos los estados, las actividades y manifestaciones serán organizadas por los foros regionales y estatales como forma de descentralizar las Jornadas y dar mayor visibilidad a la plataforma de lucha. La idea es conseguir movilizar a más entidades de los movimientos sociales regionales y a la sociedad en su conjunto alrededor de esta problemática.

Las movilizaciones de las Jornadas de Lucha por la Reforma Urbana y por el Derecho a la Ciudad llevarán a miles de personas a las calles para reivindicar que una agenda urbana sea instalada como prioridad nacional. Una serie de reivindicaciones orientadas hacia la cuestión del derecho a la ciudad estará en la pauta, tales como el fin de la violación del Derecho a la Vivienda y el fin de los desalojos; el inmediato envío al Poder Legislativo del proyecto de ley que instituye los Consejos de las Ciudades, con carácter deliberativo, y el Sistema de Conferencias de las Ciudades; la aprobación, el monitoreo y el control social, por parte de los consejos de las ciudades, sobre la ejecución de todos las inversiones en viviendas de interés social, saneamiento ambiental y transporte, incluyendo los recursos que vienen del Programa de Aceleración del Crecimiento, entre otras.

La Jornada de Luchas es una iniciativa de los movimientos sociales urbanos Confederación Nacional de Asociaciones de Vecinos (CONAM), Unión Nacional por la Vivienda Popular (UNMP), Movimiento Nacional de Lucha por la Vivienda (MNLM), Central de Movimientos Populares (CMP), del Forum Nacional de Reforma Urbana y de los foros estatales y regionales por la reforma urbana y por el derecho a la ciudad de todo Brasil.

Más informaciones:

www.forumreformaurbana.org.br/_reforma/pagina.php?id=1686

Fuente: www.adital.com.br

miércoles, 26 de septiembre de 2007

El derecho al hábitat en la reforma de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos

Por José Antonio Artusi

“El Día Mundial del Hábitat nos invita también a recordar que el derecho a un hábitat digno no puede ser limitado al derecho a la vivienda o a un pedazo de tierra donde vivir de manera segura. Nos invita a recordar que si bien la vivienda y la tierra son los derechos más inmediatos a ser respetados y afirmados, no son más que un primer paso. La afirmación del derecho a un hábitat digno es a su vez parte de un derecho más amplio, del derecho a la ciudad y a una ciudadanía plena y activa. Reafirmamos que el tema de la inclusión social, económica, cultural, política y territorial está contenido en la noción de derecho al hábitat y constituye un objetivo central para los excluidos y las excluidas del desarrollo.” (Yves Cabannes, Coordinador del Programa de Gestión Urbana de Naciones Unidas, CNUAH Hábitat, Asamblea Mundial de Pobladores, México, Octubre de 2000)

1.-Antecedentes

1.1.- La Constitución española, en sus artículos 45, 46, y 47, consagra el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo humano, establece la obligación de los poderes públicos de conservar el patrimonio histórico y cultural, y otorga el derecho a una vivienda digna y adecuada. A su vez, se establece que los poderes públicos deberán ordenar el uso del suelo para evitar la especulación, y se determina que la comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos:
“Artículo 45:
1. Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo.
2. Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.
3. Para quienes violen lo dispuesto en el apartado anterior, en los términos que la ley fije se establecerán sanciones penales o, en su caso, administrativas, así como la obligación de reparar el daño causado.
Artículo 46: Los poderes públicos garantizarán la conservación y promoverán el enriquecimiento del patrimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos de España y de los bienes que lo integran, cualquiera que sea su régimen jurídico y su titularidad. La ley penal sancionará los atentados contra este patrimonio.
Artículo 47: Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos”.

1.2.- La Constitución Nacional reformada en 1994 consagra en el artículo 41 el derecho a un ambiente sano, apto para el desarrollo humano: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección , y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquellas alteren las jurisdicciones locales.” A su vez, el artículo 14 bis ordena que la ley establecerá “el acceso a una vivienda digna”.

1.3.- La Declaración Universal de Derechos Humanos, en su artículo 25, establece que “toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado”, que le asegure, entre otros ítems, la vivienda.

1.4.- El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales, y Culturales, dispone, en su artículo 11, que los Estados partes “reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido, y vivienda adecuados…”

1.5.- La Constitución Europea establece que “en las políticas de la Unión se integrarán y garantizarán, conforme al principio de desarrollo sostenible, un nivel elevado de protección del medio ambiente y la mejora de su calidad.”
1.6.- La Constitución de la Provincia de Chubut, en su artículo 77, establece que “el Estado propende a que toda persona acceda a una vivienda digna, para sí y su familia, que incluye servicios sociales y públicos e integración con el entorno natural y cultural, quedando resguardada su privacidad. En sus previsiones el Estado contempla planes habitacionales, individuales y colectivos, en función del progreso tecnológico y de la evolución social. La política respectiva provee al ordenamiento territorial con miras al uso racional del suelo, al interés público y a las características de las diversas comunidades. El acceso a la vivienda propia se promueve en todo el ámbito de la Provincia, sobre la base de la equidad y mediante regímenes adecuados a los distintos casos, con prioritaria consideración a los de menores recursos.”
1.7.- La Constitución de la Ciudad de Buenos Aires tiene un capítulo referido al “Ambiente” y otro al “Hábitat”. El artículo 26 establece que “el ambiente es patrimonio común. Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, así como el deber de preservarlo y defenderlo en provecho de las generaciones presentes y futuras. Toda actividad que suponga en forma actual o inminente un daño al ambiente debe cesar. El daño ambiental conlleva prioritariamente la obligación de recomponer.” El artículo 27 otorga la Ciudad la responsabilidad de desarrollar “en forma indelegable una política de planeamiento y gestión del ambiente urbano integrada a las políticas de desarrollo económico, social y cultural, que contemple su inserción en el área metropolitana” y de instrumentar “un proceso de ordenamiento territorial y ambiental participativo y permanente” que promueva:
“1. La preservación y restauración de los procesos ecológicos esenciales y de los recursos naturales que son de su dominio.
2. La preservación y restauración del patrimonio natural, urbanístico, arquitectónico y de la calidad visual y sonora.
3. La protección e incremento de los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras y garantiza su uso común.
4. La preservación e incremento de los espacios verdes, las áreas forestadas y
parquizadas, parques naturales y zonas de reserva ecológica y la preservación de su diversidad biológica.
5. La protección de la fauna urbana y el respeto por su vida: controla su salubridad, evita la crueldad y controla su reproducción con métodos éticos.
6. La protección, saneamiento, control de la contaminación y mantenimiento de las áreas costeras del Río de la Plata y de la cuenca Matanza – Riachuelo, de las subcuencas hídricas y de los acuíferos.
7. La regulación de los usos del suelo, la localización de las actividades y las
condiciones de habitabilidad y seguridad de todo espacio urbano, público y privado.
8. La provisión de los equipamientos comunitarios y de las infraestructuras de
servicios según criterios de equidad social.
9. La seguridad vial y peatonal, la calidad atmosférica y la eficiencia energética en el tránsito y el transporte.
10. La regulación de la producción y el manejo de tecnologías, métodos, sustancias, residuos y desechos, que comporten riesgos.
11. El uso racional de materiales y energía en el desarrollo del hábitat.
12. Minimizar volúmenes y peligrosidad en la generación, transporte, tratamiento, recuperación y disposición de residuos.
13. Un desarrollo productivo compatible con la calidad ambiental, el uso de
tecnologías no contaminantes y la disminución en la generación de residuos
industriales.
14. La educación ambiental en todas las modalidades y niveles.”
El artículo 29 establece que la Ciudad definirá “un Plan Urbano y Ambiental elaborado con participación transdisciplinaria de las entidades académicas, profesionales y comunitarias aprobado con la mayoría prevista en el artículo 81, que constituye la ley marco a la que se ajusta el resto de la normativa urbanística y las obras públicas.” Aquí se observa una cierta superposición y falta de coherencia normativa entre la exigencia del Plan Urbano y Ambiental, y la del Plan Estratégico, que surge a su vez del artículo 19, dentro de las disposiciones comunes de las políticas especiales, dentro de las que se encuentran las del Ambiente y el Hábitat. El artículo 19 crea el “Consejo de Planeamiento Estratégico, de carácter consultivo, con iniciativa legislativa, presidido por el Jefe de Gobierno e integrado por las instituciones y organizaciones sociales”, encargado de articular “su interacción con la sociedad civil, a fin de proponer periódicamente planes estratégicos consensuados que ofrezcan fundamentos para las políticas de Estado, expresando los denominadores comunes del conjunto de la sociedad.”
El artículo 30 “establece la obligatoriedad de la evaluación previa del impacto
ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de relevante efecto y su discusión en audiencia pública.”
Dentro del Capítulo Quinto (Hábitat), el artículo 31 establece que “la Ciudad reconoce el derecho a una vivienda digna y a un hábitat adecuado. Para ello:
1. Resuelve progresivamente el déficit habitacional, de infraestructura y servicios, dando prioridad a las personas de los sectores de pobreza crítica y con necesidades
especiales de escasos recursos.
2. Auspicia la incorporación de los inmuebles ociosos, promueve los planes autogestionados, la integración urbanística y social de los pobladores marginados, la recuperación de las viviendas precarias y la regularización dominial y catastral, con criterios de radicación definitiva.
3. Regula los establecimientos que brindan alojamiento temporario, cuidando excluir los que encubran locaciones.”

1.8.- La Constitución de la Provincia de Río Negro, en relación al ORDENAMIENTO TERRITORIAL, en su artículo 74, establece que “la Provincia con los municipios ordena el uso del suelo y regula el desarrollo urbano y rural, mediante las siguientes pautas:
1. La utilización del suelo debe ser compatible con las necesidades generales de la
comunidad.
2. La ocupación del territorio debe ajustarse a proyectos que respondan a los objetivos, políticas y estrategias de la planificación democrática y participativa de la
comunidad, en el marco de la integración regional y patagónica.
3. Las funciones fundamentales que deben cumplir las áreas urbanas para una mejor calidad de vida determinan la intensidad del uso y ocupación del suelo, distribución de la edificación, reglamentación de la subdivisión y determinación de las áreas libres.
4. El cumplimiento de los fines sociales de la actividad urbanística mediante la intervención en el mercado de tierras y la captación del incremento del valor originado por planes u obras del Estado.”

1.9.- La Constitución de la Provincia de Tierra del Fuego, en su artículo 25, establece que “todo habitante tiene derecho a gozar de un medio ambiente sano. Este derecho comprende el de vivir en un ambiente físico y social libre de factores nocivos para la salud, la conservación de los recursos naturales y culturales y los valores estéticos que permitan asentamientos humanos dignos, y la preservación de la flora y fauna.”
1.10.- La Constitución de la República Oriental del Uruguay, en su artículo 45, señala que “todo habitante de la República tiene derecho a gozar de vivienda decorosa. La ley propenderá a asegurar la vivienda higiénica y económica, facilitando su adquisición y estimulando la inversión de capitales privados para ese fin.” El artículo 47, a su vez, establece que “la protección del medio ambiente es de interés general. Las personas deberán abstenerse de cualquier acto que cause depredación, destrucción o contaminación graves al medio ambiente. La Ley reglamentará esta disposición y podrá prever sanciones para los transgresores.”

2.- Criterios generales

Debiera incluirse en el texto constitucional reformado, de manera armónica y coherente, el derecho a un ambiente sano, a un hábitat adecuado, y a una vivienda digna; en el marco general del reconocimiento del derecho al desarrollo sostenible.
No debiera estar ausente la cuestión de la preservación y enriquecimiento del patrimonio natural y cultural, en un sentido amplio.
Tampoco debiera omitirse la obligación de los poderes públicos de proceder al ordenamiento territorial y la planificación de los usos del suelo, de modo tal de priorizar el interés público y garantizar la apropiación colectiva de las plusvalías que genera la inversión de los organismos públicos, al modo de la Constitución española y de la de la provincia de Río Negro.
Deben evitarse superposiciones normativas y excesos reglamentaristas tales como los que pueden observarse en la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires.-

La necesidad de incorporar los principios rectores del ordenamiento territorial en la futura reforma constitucional santafesina

UNIVERSIDAD NACIONAL DE ROSARIO
FACULTAD DE DERECHO
CENTRO DE INVESTIGACIONES DE DERECHO ADMINISTRATIVO
(C.I.De.A.)

Cuarto Congreso Argentino de Administración Pública Sociedad, Gobierno y Administración
“Construyendo el Estado Nación para el crecimiento y la equidad”
Buenos Aires, 22 al 24 de agosto de 2007

Autoras:
Analía Antik aantik@ciudad.com.ar
Adriana Taller adritaller@sede.unr.edu.ar, adritaller@infovia.com.ar


1. Introducción
La ponencia que presentamos, es un eslabón más dentro de la marcha del proyecto de investigación titulado “Reformulación de los Códigos Urbanos y Reglamentos de Edificación para una mejor gestión y planificación estratégica local y regional”, realizado dentro marco del Programa de Proyectos de investigación de la Secretaría de Ciencia y Tecnología, de la Universidad Nacional de Rosario, año 2004.
Este proyecto se desarrolla bajo la dirección del Dr. Homero Rondina, y cuenta con la participación de las Dras. Analía Antik, Adriana Taller y las Arqs. Silvia Andreu y Cecilia Martínez y nóveles profesionales y estudiantes del Centro de Investigaciones de Derecho Administrativo (C.I.De.A.) de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional de Rosario.

La Constitución de la Provincia de Santa Fe, no regula de manera específica los principios rectores del ordenamiento territorial. En su texto se hace alusión genérica al suelo en los artículos 25 y 28 , sin evidenciar un tratamiento que ponga de manifiesto las máximas fundamentales que todo operador del derecho debe observar, en un Estado social y democrático, para cumplir con el mandato constitucional de la función social de la propiedad.

Partiendo de esta hipótesis, resulta insoslayable que la reforma constitucional santafesina, aborde la necesidad de complementar los presupuestos mínimos regulados en el artículo 41 de la Constitución Nacional, sin que ello altere la competencia de los gobiernos municipales en materia de planificación urbana, para conformar un régimen del uso del suelo que resuelva las tensiones que el ordenamiento urbanístico genera, al regular el derecho de propiedad inmobiliaria.

2. Régimen del suelo y Ordenamiento Territorial.

2.1. Por Régimen del Suelo ha de entenderse el conjunto de derechos y deberes que configuran los procesos de urbanización y edificación sobre las propiedades inmobiliarias, sean estas urbanas o rurales.

Las provincias tienen la competencia constitucional para dictar, dentro de su territorios, las leyes reguladoras del espacio físico y del uso del suelo, fijando pautas ordenadoras y restrictivas al derecho de propiedad.

Las leyes del suelo dividen el territorio provincial clasificando aquél, conforme funciones específicas asignadas al mismo (rural, urbano, etc.), pudiendo al mismo tiempo determinar los espacios que integran las áreas de la ciudad en parcelarios, circulatorios, edificatorios, verdes o públicos; incluso imponer diferentes regímenes para el uso del suelo, en el sentido de: *configurarlo o no como un derecho de los propietarios, *negar o reconocer al propietario una mayor o menor edificabilidad sobre sus terrenos o *en función de los criterios más o menos generosos con que se justiprecian las propiedades, cuando deban ser expropiadas para la realización de las obras y necesidades de los procesos de urbanización en marcha.

Así, se puede diferenciar un suelo urbano en el que es posible la edificación de los inmuebles por sus propietarios, con sujeción a lo dispuesto por las ordenanzas municipales; un suelo de ensanche, reservado a la Administración para las operaciones de ampliación de la ciudad y sobre el que se prohíbe la edificación y, un suelo no urbanizable, sobre el que los propietarios no pueden edificar por estar protegidos de una manera especial por la ley, ya sea por su valor agrícola, forestal o ganadero, o por su valor paisajístico, histórico, cultural o por protección de la fauna, de la flora o el equilibrio ecológico o bien porque no son aptos para la vida humana por la conformación física propia del suelo, etc.

El suelo urbano, está constituido entonces, por los terrenos a los que el planeamiento general incluya en esta clase, por contar con infraestructura suficiente: accesibilidad vehicular, suministro de servicios básicos (agua, energía eléctrica, transporte, educación, etc.).

En este sentido, el Reglamento tipo de loteo y urbanizaciones para comunas y municipios de la Provincia de Santa Fe, inserto en el Decreto Provincial Nº 7317/1967, define al área urbanizada, a la compuesta por las manzanas sobre las que se están prestando los siguientes servicios mínimos: abovedamiento de calles, alumbrado público y red de baja tensión domiciliaria, alcantarillado, recolección de residuos y arbolado y/o que tengan un 50% de sus parcelas con edificación, a los efectos de considerar los suelos en ella existentes, como urbanos.

De lo hasta aquí dicho, podemos inferir que, todo proceso de urbanización y edificación es consecuencia de un ordenamiento territorial, surgido como consecuencia del dictado de leyes de protección y fomento de riquezas naturales, donde se encuentra incluida como tal, el suelo.

2.2. El ordenamiento territorial es la proyección en el espacio de la política global de la autoridad pública, en función de los presupuestos constitucionales, socioeconómicos y culturales imperantes, que da como resultado la regulación del suelo, al establecer el destino, uso, tráfico, transformación y aprovechamiento de aquél.

En términos de la Carta Europea de la ordenación territorial, “es la expresión espacial de la política económica, social, cultural y económica de toda sociedad” (artículo 8) y “es a la vez una disciplina científica, una técnica administrativa y una política concebida como un enfoque interdisciplinario y global cuyo objetivo es una desarrollo equilibrado de las regiones y la organización física del espacio según un concepto rector” (artículo 9).

Conforme a lo dicho, podemos entender al ordenamiento territorial como un proceso planificado donde la autoridad pública, conocedora de la realidad del lugar, busca implementar los escenarios locales ideales a las aspiraciones que conforman su plan o esquema de desarrollo de manera interdisciplinaria, pues en materia de satisfacción de los intereses humanos ingresan aspectos económicos, políticos, sociales, culturales, educativos, ecológicos, empresariales y otros, que exigen que la regulación del territorio sea abordada desde el punto de vista de varias disciplinas que aporten los elementos técnicos necesarios para el logro del desarrollo armonioso y equitativo de la región, departamento, municipio o comuna.

Pero así como el ordenamiento territorial debe ser abordado desde distintos campos del saber, también es necesario que la autoridad pública en su accionar concilie las iniciativas públicas gestoras del bien común con las privadas, imprimiéndole de esta manera el carácter de democrática a la regulación, para que la participación no excluya ningún elemento de interés y que el particular se vea involucrado de alguna forma en el accionar del crecimiento ordenado, en el buen uso del territorio y su ocupación, porque en definitiva el ordenamiento territorial es clave en el desarrollo de una sociedad, al ser el territorio el espacio donde se gesta el desarrollo como efecto de crecimiento ordenado y sustentable.

Por ello, todo ordenamiento territorial, para cumplir con su propósito, debe observar la finalidad que surge de las normas que otorgan a la autoridad pública, provincial o municipal, las facultades pertinentes dirigidas al logro de objetivos predeterminados para satisfacción tanto del sector público, como del sector privado.

La atribución de potestades que el ordenamiento jurídico contiene a favor de los órganos del Estado, es formulada en razón de un fin: el bien común, considerado no como la suma de intereses individuales, sino como un conjunto de condiciones de la vida social que hacen posible a los gobernados el logro más pleno de la satisfacción de sus necesidades.

En síntesis, el ordenamiento territorial permite conocer las características del territorio valorando los recursos naturales con el fin de orientar sus posibles usos, estableciendo áreas de oferta y prioridades, de modo que el uso del territorio sea el más adecuado a sus características, permitiendo la conservación de los recursos y una mejor calidad de vida para la población en forma sostenible. Sus objetivos son: la mejora de la calidad de vida, la utilización racional del territorio, el desarrollo socioeconómico equilibrado de las regiones, la gestión responsable para lograr una distribución equitativa de cargas y beneficios derivados del ordenamiento territorial.

2.3. Objetivos del ordenamiento territorial

2.3.1. Mejorar la calidad de vida de la población: El modelo de desarrollo económico adoptado por la autoridad pública, condiciona o determina el modelo territorial a seguir; de allí que el ordenamiento territorial incide en todas las actividades humanas (trabajo, educación, recreación, etc.) y optimiza el ámbito de vida cotidiana, la vivienda y su entorno.

Este concepto, calidad de vida, alude al bienestar en todas las facetas del hombre, atendiendo desde la concernientes a la creación de condiciones para satisfacer sus necesidades básicas (alimentación, vivienda, educación), como también las psicológicas (seguridad y afecto), las sociales (trabajo, derechos y responsabilidades) y las ecológicas (calidad del suelo, del aire, del agua, mejoramiento del hábitat urbano y rural y de las condiciones ambientales en general).

Por ello, el ordenamiento territorial se constituye en un eficaz instrumento para mejorar la calidad de vida de las personas, al permitir una más adecuada distribución de los usos del espacio; al asegurar a todas las personas “el derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las generaciones futuras”, “libre de contaminación” y sobre todo cuando se le impone a “las autoridades a proveer a la protección de este derecho”.

2.3.2. Utilizar de manera racional los recursos naturales: El ordenamiento territorial al regular el destino y uso del suelo, lo debe hacer respetando las capacidades físicas de aquél y cumpliendo con el mandato constitucional que impone a “las autoridades a proveer a la utilización racional de los recursos naturales”.

Una gestión responsable del suelo, impone establecer un régimen de uso sobre aquél, que permita reducir al máximo los conflictos que surgen entre las crecientes necesidades de sus propietarios o titulares y la exigencia de su conservación, sin descuidar la atención que merecen las bellezas naturales y patrimonio cultural y arquitectónico.

2.3.3. Tender al desarrollo socio económico equilibrado de los departamentos, municipios y comunas: Al ordenar el territorio se procura controlar un crecimiento justo de las regiones, evitando que el activo desarrollo de algunas, haga un uso desmedido o indebido del suelo y estimulando a otras más retraídas o en decadencia, a impulsar su progreso.

Al regular el uso del suelo, a través del ordenamiento territorial, se debe tener en cuenta los procesos económicos que afectan a los departamentos que integran la Provincia, las particularidades regionales y la importancia del papel de los ejes de desarrollo y de las redes de comunicación.

Una correcta política de suelo, es la que permite controlar la implantación, organización y desarrollo de los complejos urbanos e industriales y de las infraestructuras, así como la protección de las zonas agrícolas y forestales.

2.3.4. Lograr una distribución equitativa de cargas y beneficios: Como corolario del artículo 16 de la Constitución Nacional, este principio rector, es el que mayores dificultades presenta para su cumplimiento.

El ordenamiento territorial propende al logro de un desarrollo metódico y solidario de la ciudad, preservando el justo equilibrio entre las cargas y beneficios, como consecuencia del principio constitucional de la igualdad y sobre la base que toda planificación urbana redistribuye riqueza.

El Estado, al regular el uso del suelo, debe contemplar que dicha ordenación no confiera a los propietarios de los terrenos, más derechos que los derivados del propio uso de aquél y que los beneficios derivados de las actuaciones urbanísticas, no se generen única y exclusivamente para los propietarios de los terrenos; debe repartir los beneficios entre los propietarios y la comunidad.

Este deber del Estado de repartir los beneficios generados como consecuencia de decisiones administrativas, que implican un esfuerzo de la comunidad y que incrementan el patrimonio de los propietarios del suelo que no añaden esfuerzo alguno, encuentra su fundamento en el "enriquecimiento sin causa" (principio general del derecho que consiste en que existe enriquecimiento ilegítimo cuando un patrimonio recibe aumentos a expensas de otro, sin una causa que lo justifique) en detrimento del patrimonio del Estado (es decir, de la comunidad) y que debe ser recuperado en pro de la equidad y la justicia social.

Cabe entonces preguntarse, si puede nacer en favor de la comunidad santafesina, un derecho a participar en las plusvalías (incrementos del valor de los terrenos) resultantes de decisiones administrativas, que adoptadas como consecuencia del ordenamiento territorial que regula el uso del suelo posibilitan -al clasificar el suelo de manera concreta para que la ciudad se desarrolle en función del interés general-, que el propietario de los mismos, sin haber hecho nada para merecerlo, reciba una ganancia derivada de la esa regulación legal.

Resulta posible entonces, por aplicación conjunta de los derechos de igualdad y de equitativo reparto de las cargas y beneficios, esa captación de ganancia en beneficio de la comunidad, máxime cuando el ordenamiento urbano es en concreto una regulación del derecho de propiedad inmobiliaria.

3. Régimen jurídico vigente en la Provincia de Santa Fe.

La Provincia tiene la competencia constitucional, para establecer por vía legislativa dentro de su territorio, las normas que hacen al ordenamiento del espacio físico y al uso del suelo, fijando a su vez, pautas reglamentarias a los municipios, con relación a las restricciones administrativas a la propiedad privada.

Las leyes de suelo dividen el territorio provincial en áreas: urbanas, suburbanas y rurales, asignándoles a cada una funciones específicas. A tal efecto la Provincia de Santa Fe, dictó oportunamente el Decreto Nº 7317 del año 1967, sobre normas mínimas para el desarrollo urbano, de aplicación también en aquellos municipios carentes de legislación al respecto.

Esta norma de regulación del uso del suelo en la Provincia, carece de principios rectores que promuevan el desarrollo equilibrado y armónico de las distintas realidades regionales.

Con la sanción de la Ley de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable, Ley Nº 11.717, se produce un importante avance en la materia, al disponerse que la preservación, conservación, mejoramiento y recuperación del medio ambiente comprende, en carácter no taxativo, el ordenamiento territorial y la planificación de los procesos de urbanización e industrialización, desconcentración económica y poblamiento, en función del desarrollo sustentable del ambiente y la utilización racional del suelo, subsuelo, agua, atmósfera, fauna, paisaje, gea, fuentes energéticas y demás recursos naturales, en función del desarrollo sustentable (artículo 2, incisos a y b).

Resta, entonces, incorporar en el texto constitucional los principios rectores que deben guiar el accionar de las autoridades provinciales, municipales y comunales en el ordenamiento territorial y en la planificación de los procesos de urbanización.

4. Derecho Comparado.

Adhiriendo al paradigma de la función social de la propiedad y de la limitación que este derecho supone conforme las leyes que reglamentan su ejercicio, ordenamientos jurídicos extranjeros dieron marco a los principios rectores que rigen la materia.

Así, el tema se encuentra tratado expresamente, entre otras, en la Constitución Española de 1978 y en la Colombiana de 1991.

4.1. El caso español: El artículo 47 de la Constitución española reza:
Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Resulta interesante observar aquí, que el inicio de la norma se equipara a nuestro artículo 14 bis, último párrafo de la Constitución Nacional y a su análogo art. 21 de la Constitución de Santa Fe. Sin embargo, habría que poner énfasis en lo que establece el texto bajo análisis con relación al tema de la regulación de la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. Creemos que este modelo debería ser incorporado a nuestro texto en la próxima reforma a encararse.

Asimismo, la formula expresada en el texto respecto a que la comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos, también debería ser incorporada como principio jurídico, a fin de cumplir con los objetivos y paradigmas que más arriba hemos analizado.

4.2. Régimen Colombiano: En este caso, es el artículo 82 del texto legal colombiano el que nos interesa examinar, porque expresa:

Es deber del Estado velar por la protección de la integridad del espacio público y por su destinación al uso común, el cual prevalece sobre el interés particular. Las entidades públicas participarán en la plusvalía que genere su acción urbanística y regularán la utilización del suelo y del espacio aéreo urbano en defensa del interés común.

Como en el esquema anterior, podemos observar que el texto constitucional contiene los principios rectores que marcan el camino respecto de la regulación que los gobiernos locales harán del suelo y del espacio urbano en general.

5. Conclusión.

Por lo que hemos analizado en los capítulos precedentes, nos parece importante incorporar en el texto de la reforma a diseñarse, un artículo que recepte los preceptos regentes que sirvan de base a la normativa que deberán adoptar los municipios y comunas en materia de la regulación del uso y destino del suelo urbano.

En nuestro caso, como expusimos precedentemente, implicaría complementar los presupuestos mínimos contenidos hoy, por el artículo 41 de la Constitución Nacional.

Con este fin, proponemos la siguiente redacción:

Artículo …: La Provincia proveerá a la protección del derecho de sus ciudadanos a un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, para lo cual promoverá la utilización racional de los recursos naturales y del patrimonio natural y a la educación e información ambientales, regulando el uso del espacio urbano con arreglo al interés general para desanimar la especulación. La colectividad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos.

Confiamos que la incorporación de esta temática en la reforma que se avecina, contribuirá a la concientización, educación e información ambientales, establecidos como praxis a seguir por nuestra Carta Magna.

Transporte en Curitiba

miércoles, 19 de septiembre de 2007

Presente y futuro de las ciudades

El primer foro de debate que organiza la procuradora discutirá sobre problemas sociales y medioambientales

Lucía HELGUERA
«En un momento en que más del 80% de las personas vive en las ciudades» y «no se da la atención suficiente al uso del suelo y las redes de comunicación», según apuntaba la procuradora general del Principado de Asturias, María Antonia Fernández Felgueroso, Gijón acoge el primer foro «Ciudad y ciudadanía», que se celebrará durante los días 24, 25 y 26 de septiembre en el centro municipal de El Llano. El adjunto a la procuradora general del Principado, Noel Zapico Rodríguez, y el urbanista Manuel Carrero de Roa acompañaron ayer a Fernández Felgueroso en la presentación de este foro, que «tratará de profundizar en el ámbito de las relaciones interpersonales y el papel de los ciudadanos» en las urbes, poniendo especial énfasis en «el urbanismo a la medida de las personas», «el desarrollo sostenible desde el punto de vista social» y «la recuperación de la ciudad como espacio de relación», explicaba la procuradora general. El urbanista Manuel Carrero de Roa, que intervendrá en la tercera jornada de este foro, explicó que el objetivo de la celebración de estas ponencias es «profundizar en una nueva generación de derechos: el derecho a la ciudad, el espacio donde se desarrolla la vida de la mayoría de los españoles». Esta «cuarta generación de derechos» defiende «el disfrute equitativo de la ciudad», es decir, el derecho «a la ciudad diversa y multifuncional, donde tienen cabida todos los grupos sociales; a los equipamientos públicos, tanto colectivos como individuales; a los espacios públicos, que últimamente son dominados por los vehículos privados; a la movilidad para todos; a la accesibilidad, tanto para discapacitados como para niños y ya ancianos; a la identidad colectiva, y a la participación», detallaba Manuel CarrerdeRoa. En la primera jornada se abordará el tema de las políticas urbanas con un punto de vista ecológico, durante la cual intervendrá el profesor de la Universidad de A Coruña Juan Freire Botana. El día 25 Isabela Velázquez Valoria tratará la ciudad desde una perspectiva de género, es decir, se enfocará la ciudad como un espacio abierto para las mujeres. Por último, en la tercera jornada el trabajador social y coordinador del grupo de trabajo sobre la ciudad socialmente sostenible en el Congreso nacional de medio ambiente, Gustavo García Herrero, hablará, junto a Manuel Carrero de Roa, sobre las implicaciones de la ciudad socialmente sostenible. Durante las tres ponencias que conforman este foro, también se tendrá en cuenta «el punto de vista de quienes hacen ciudad, es decir, el tejido asociativo», señalaba María Antonia Fernández Felgueroso. Diferentes asociaciones de toda Asturias recibieron una serie de cuestionarios preparatorios, explicaba la procuradora general del Principado, que después de ser analizados les permitirán presentar sus conclusiones a lo largo del foro. La idea de celebrar el foro «Ciudad y Ciudadanía» surgió después de la reunión de los defensores del pueblo de las comunidades autónomas españolas en León en octubre del año pasado. Durante dicho encuentro se analizaron la situación actual del urbanismo y los problemas sociales y medioambientales que se generan a raíz de tal actividad. La procuradora general del Principado explicó que «después de la reflexión en León surgió la necesidad de abordar el presente y el futuro de las ciudades».

Fuente:

martes, 11 de septiembre de 2007

Curitiba: Rua 24 Horas será reformada

El Derecho a la Ciudad

Por Carlos Buthet y Gabriela Zappino

Adital -
INTRODUCCIÓN
En el presente artículo se da cuenta, en forma sintética, de una iniciativa en realización y que tiene por finalidad generar posibilidades de incidencia de los pobladores pobres y excluidos en las políticas y la gestión urbana.

Se trata de un proyecto de investigación que tiende a explorar una metodología para el establecimiento de Observatorios Urbanos Participativos como instrumentos de incidencia desde los pobladores.

El proyecto que se inició en el año 2006, y que continua en el 2007, cuenta con el apoyo del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas, (CONICET), de Argentina y es desarrollado por investigadores que se desempeñan en SEHAS [1]

Algunos puntos de partida

La problemática socio-habitacional de los sectores pobres y marginados incluye necesaria y prioritariamente, la consideración de la problemática urbana más general.
Sin embargo, frecuentemente, la misma es abordada, en el mejor de los casos, por organizaciones sociales [2] y algunos organismos de gobierno, procurando soluciones a estos problemas socio-habitacionales y urbanos (o recuperación de derechos vulnerados) desde perspectivas en general parciales o sesgadas.

Este sesgo, en el caso de las organizaciones sociales y sobre todo en los organismos públicos, deviene fundamentalmente, por un lado, en una mirada de la problemática urbana planteada desde un planteamiento ideológico unilateral, o en el otro extremo, basado exclusivamente, en la primera manifestación de la población pobre sobre sus carencias y necesidades.

En el caso de las organizaciones sociales, la acción está dirigida a la constitución de una fuerza social, (movimientos populares urbanos), para lograr poder de incidencia en las políticas urbanas.

Si bien este trabajo de organización y movilización popular es ineludible y reviste una importancia fundamental, de por sí no es suficiente, si el mismo es enfocado solamente desde una perspectiva ideológica (particular), o desde las visiones no elaboradas de las necesidades de los pobladores.

Estos movimientos sociales tendrán la posibilidad real de incidencia cuando por lo menos cuenten: por un lado con la capacidad de presión política, (organización, movilización, alianzas, etc.), pero además, y esto es lo que queremos remarcar, cuando cuenten con una adecuada "formulación y estructuración" de la problemática sobre la que actúan y profundicen las causas de las mismas.

Siguiendo a Bunge, (2004) [3] y C. Lucca, (2007), uno de los desafíos principales en la "estructuración" de problemas complejos, (como es el caso de las políticas urbanas), está en la definición misma del problema.

Asimismo, tanto para Bunge como para Dunn, (1994), esto exige lo que Bunge denomina "holismo metodológico" en contraposición con el "individualismo metodológico".

Esto, para Dunn se traduce en la necesidad inevitable de una síntesis debidamente procesada de "visiones múltiples" cuestión que como lo señala Edelman, (1991), no es frecuente encontrar en los decisores sobre políticas públicas, quienes deciden presionados por, a su vez, los grupos políticos y económicos más fuertes; o en el mejor de los casos, desde su visión particular.

El desarrollo de una Metodología para el establecimiento de Observatorios Urbanos Participativos por el Derecho a la Ciudad

En concordancia con lo enunciado, el proyecto de investigación en curso, tiene como objetivo más general el de ampliar la visión sobre los problemas urbanos y sus causas principalmente entre los sectores más pobres y vulnerables de la población y sus redes de asociación, (así como de otros actores sociales), como forma de colaborar en el proceso de acceso a los derechos a la ciudad por parte de aquellos sujetos más limitados en el acceso a los mismos.

En esta dirección, los objetivos particulares del proyecto pueden enunciarse como:

§ Producir conocimientos, en relación a intervenciones técnico - políticas en áreas urbanas de población pobre de nuestras ciudades, tendientes a develar las causas de las múltiples violaciones a los Derechos a la Ciudad, desde una perspectiva participativa y multiactoral. Este trabajo participativo y multiactoral, en una primera instancia intenta "cruzar" la información técnica con la vivencial de los pobladores, logrando de este modo, una mejor estructuración del problema y una "visión compartida". En una segunda instancia, promover la discusión, acuerdos y/o elaboración de conflictos con otros actores sociales, en especial los Estados Municipal y Provincial.

§ El otro objetivo del proyecto es indagar en qué medida este proceso de reflexión común sobre los problemas urbanos y sus causas (que integra diversas visiones del problema), dinamiza y fortalece el poder y la capacidad de incidencia de los pobladores pobres y sus redes territoriales en las decisiones sobre políticas urbanas vinculadas al acceso igualitario a los derechos económicos - sociales - políticos y culturales.

El proyecto asume como encuadre fundamental los contenidos y planteamientos de la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad entre otros planteamientos teóricos [4].
Este encuadramiento teórico e ideológico es el punto de partida del grupo de investigación, quien procura "cruzar" el mismo con las visiones de los pobladores y otros actores, como ya se señaló.

La búsqueda de tipo metodológico, en este caso, difiere fundamentalmente por su finalidad, de las múltiples metodologías "participativas" desarrolladas en los últimos 10 a 15 años [5] inspiradas en las concepciones del neo-liberalismo vinculadas "con el rol del Estado, la sociedad civil y el mercado". De cualquier modo, el desarrollo en curso incluye algún método o técnicas utilizadas en esas metodologías.

La denominación general y tentativa de "Metodologías para un Observatorio Urbano Participativo por el Derecho a la Ciudad", se refiere a la búsqueda de nuevos conocimientos en relación con formas de intervención, que permita a los pobladores, tener nuevas miradas sobre sus problemas y un relativo control e incidencia sobre los mismos, que perdure en el tiempo y se adapte a los procesos de cambios en los escenarios políticos-sociales urbanos.

En esta primera fase de la investigación [6] y que cumple recién su primer año de desarrollo, hemos asumido que la misma tendrá un carácter claramente exploratorio, tanto en relación a las cuestiones propiamente metodológicas como a los resultados que se alcancen en relación a los objetivos planteados.

En forma muy sintética, el avance producido hasta ahora está vinculado a:

- La selección y definición de los límites del territorio sobre el que operaría el proyecto, teniendo en cuenta básicamente cuatro criterios: 1/ que fuera un área urbana con predominio de población pobre [7], 2/ que tuviera una extensión y una cantidad de población acorde con los objetivos del proyecto, 3/ que tuviera límites físicos o barreras urbanas evidentes en relación con otros sectores de la ciudad y 4/ que fuera un área urbana en proceso de desarrollo.

- En un segundo paso, se realizó un primer estudio desde una perspectiva técnica de las características del sector con respecto a la evolución histórica del mismo y aspectos actuales en relación a la dotación de infraestructura, servicios públicos, equipamiento y ambiente.

- En forma paralela se analizaron con mayor precisión las características socio-económicas de la población del sector, a través de datos secundarios, lo cual nos permitió diferenciar dentro del sector, al menos tres niveles diferentes en cuanto al origen de los distintos barrios y variantes de los índices de NBI y nivel educativo en los mismos. Todo esto aún dentro de rangos de variación muy próximos.

- En paralelo se realizó un análisis de los principales actores de tipo colectivo, existentes en el sector [8] mediante entrevistas a "referentes claves" del sector, en búsqueda de los actores colectivos más significativos a fin de realizar la convocatoria para el trabajo conjunto con las organizaciones del sector.

- Actualmente, y una vez seleccionado un actor "representativo" (surgido del análisis de las entrevistas), y establecidos acuerdos con el mismo, (la Red SEDESTE), se están realizando Talleres destinados a "cruzar" los diagnósticos técnicos con la percepción e interpretación de los pobladores sobre los problemas urbanos que los afectan, con respecto al acceso a sus derechos sobre bienes y servicios urbanos.

- En este trabajo se incluye, además, una discusión sobre la Carta Orgánica Municipal [9] y se analizan comparativamente los contenidos de la misma, con los de la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, así como la realidad de la problemática de los vecinos expresadas en términos de derechos.

Sin embargo, en esta etapa del proyecto, nos tropezamos con la debilidad en la respuesta de la población a la propuesta de trabajo conjunto, realizada por la Red mencionada, salvo el caso de un grupo de barrios de características socio-económicas y origen similares. Tema este al que nos referiremos más adelante.

- Posteriormente, se prevé que el proyecto avanzará en la definición conjunta, (pobladores e investigadores), de los problemas de carácter prioritario y el análisis de las causas; y a partir de allí iniciar la discusión con otros actores con incidencia en las políticas urbanas para el sector, especialmente el Estado Municipal y Provincial.

Algunas presunciones preliminares a partir del desarrollo parcial del proyecto

Si bien es muy temprano para exponer sobre conclusiones o "hallazgos del proyecto", podemos decir que hasta ahora aparece lo que podríamos llamar "algunas presunciones", tanto de orden metodológico como de constatación de problemáticas sociales y urbanas a considerar con un mayor nivel de profundidad.

ü La primera de ellas, y que está relacionada con los objetivos del proyecto, se refiere al cambio que se va dando en el proceso sobre la visión, que tenían los pobladores respecto de sus problemas, (algunos problemas de infraestructura, servicios, etc.), parcializado en temas puntuales, hacia una visión más amplia como lo es el de la falta de una planificación urbana para el sector, así como el de la segregación del mismo en relación a la trama urbana. Problema, este último, generado principalmente, y entre otras causas, por una importante obra de infraestructura vial, (anillo de circunvalación de la ciudad), planeado y ejecutado sin participación alguna de la población y sin que el Estado se responsabilice por los efectos del mismo, en relación a las dificultades, generadas en el acceso a bienes y servicios públicos.

ü Lo señalado denota, (aún en esta etapa inicial), una mayor percepción por parte de los pobladores, de las problemáticas de orden más causal y de más amplio alcance, tanto político como técnico.

ü Una segunda observación está vinculada a la poca convocatoria al trabajo conjunto que se ha logrado hasta el presente. La Red mencionada y el proyecto han logrado promover la participación de vecinos de varios de los barrios que integran el sector pero que, como ya se dijo, son los de características socio- económicas muy similares. Los barrios más pobres y de reciente ocupación del territorio.
ü
Más allá del déficit de los métodos y las técnicas utilizados por el proyecto [10], esto nos está hablando de varias cuestiones, algunas de tipo confirmativo y otras a explorar.

Dentro de las de carácter "confirmativo" vemos a través del desarrollo del proyecto y de un modo explícito, la extrema fragmentación social existente en nuestra sociedad, la que se encuentra no solo entre estratos socio-económicos y culturales muy distantes, sino aún dentro de grupos sociales muy próximos desde los puntos de vista señalados.
Esto nos estaría hablando de la ruptura de las redes de solidaridad social, existentes en los sectores más pobres de la población en otros momentos históricos del país, que se han deteriorado a partir de las sucesivas crisis político-institucionales y económicas de los últimos 20 a 30 años en el país, (como lo señala A. Escribano, 2005 [11]).

Desde un punto de vista metodológico, (y salvados los errores mencionados), esto nos llevaría a la falsa conclusión sobre la necesidad de trabajar en este tipo de intervenciones con sectores altamente homogéneos en los términos citados, lo cual implicaría la renuncia a uno de los objetivos de la metodología en desarrollo, en su aspecto "de fortalecer movimientos sociales urbanos", aún dentro de las limitaciones del trabajo en un sector urbano.

Efectivamente aquí existe un "cuello de botella" desde el punto de vista metodológico que intentaremos resolver, aún dentro del desarrollo en curso.

ü Otra cuestión relacionada a la anterior, se vincula con la paradoja que se presenta en relación al tipo de barrios que están participando de este proceso.

La cuestión paradojal es que, si bien el equipo de investigación explicitó a los pobladores que el proceso del mismo no llevaría, en forma inmediata, a la solución concreta de ninguna de sus necesidades, los miembros de los barrios más pobres y excluidos [12] son los que más participan del proceso.

Todo esto a pesar de las múltiples carencias, que requerirían de soluciones inmediatas.

Está aparente paradoja merecería una indagación específica, ya que la misma, (y sin que sea excluyente de otros factores), podría estar determinada por las experiencias solidarias y el acceso a la reivindicación de derechos desde perspectivas colectivas y/o como una manifestación de la apetencia de una comprensión de los problemas que los afectan y sus causas, como un camino de salida de una situación de marginación social.

Estas dos últimas cuestiones no se constatan en los otros barrios del sector de diferente origen y características sociales y culturales más marcadas por las soluciones individuales y la no vivencia de situaciones de marginación social, aunque con características económicas de ingreso y NBI, muy próximas a las primeras.

ü Otro aspecto, (que no por obvio deja de ser muy significativo) se refiere a la alta incidencia que tienen en los sectores más pobres y marginados, los déficit en la infraestructura, los servicios y el equipamiento urbano.

ü Nos referimos a la constatación de la alta importancia que los vecinos asignan a los elementos mencionados.

En efecto, constatamos que similares déficit, (en infraestructura y servicios), se dan en otros sectores urbanos de la ciudad con menores índices de pobreza, y donde este déficit es asumido, en muchos casos, con los recursos individuales o familiares [13] y esto se constata aún dentro de mismo sector urbano en el que trabaja el proyecto.

Aquí aparece claramente la relación inversa que debería darse, entre el nivel socioeconómico de la población y la calidad de la infraestructura y los servicios públicos, cuando en general en nuestras ciudades sucede exactamente lo contrario.

ü Otra consideración de distinto orden, pero muy significativa, y que aparece también con claridad en el proceso, es el descreimiento y desconfianza total de los pobladores de estos barrios respecto a las instancias de representación barrial o del sector urbano planteadas, reconocidas y reguladas por el Estado, (en este caso el Estado Municipal).
De hecho, en este proceso no están participando en la etapa actual, por decisión de los vecinos, los Centros Vecinales del sector, (organismos que responden a las características mencionadas).

Esto nos está hablando de la inadecuación o discordancias entre las formas establecidas por el sistema político-institucional, (aún dentro de sistemas democráticos formalmente bastante avanzados), con los cauces reales de participación "en la cosa pública" visualizados por los vecinos.

Esto plantea fuertes desafíos en el plano de la representatividad y a su vez muestra la colisión entre la democracia representativa - delegativa, (fuertemente condicionada y manipulada), y la posibilidad de nuevos canales del democracia participativa.

Esta situación también nos está hablando, de la percepción de los ciudadanos respecto a la debilidad de nuestras democracias "formales", en orden a procesar y dar respuesta a la legítima reivindicación de derechos de los ciudadanos. Cuestiones estas que el sistema político trata de resolver vía los falsos canales de participación, la manipulación y la política clientelar - electoralista, entre otras.

Hasta aquí algunos adelantos preliminares sobre cuestiones que van surgiendo en el proceso de desarrollo del proyecto, muchas de ellas no demasiado originales, pero que entendemos pueden colaborar en marcar ciertos énfasis o interrogantes a profundizar, en este trabajo que intenta avanzar en el proceso de aproximarnos a la "utopía", del derecho equitativo a la participación social y política y a los bienes y servicios urbanos. ●


Notas:

[1] Servicio Habitacional y de Acción Social.
[2] ONGs., activistas y militantes sociales y eventualmente algunos organismos de gobierno.
[3] Citados por C. Lucca en "Análisis de Problemas como componente central en el proceso de Formulación de Políticas", Mimeo UNC, 2007
[4] Ver Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad - http://www.hic-al.org/
[5] Nos referimos aquí a metodologías como las de las Micro-Planificaciones Urbanas, Planificación para la acción, etc.
[6] Que insume 24 meses de desarrollo (con un equipo de investigación y presupuesto muy reducido).
[7] Según datos del último Censo Nacional, (2001), del índice de NBI
[8] Organizaciones barriales, Centros Vecinales, Redes interbarriales, Instituciones de servicios (públicas y privadas), etc.
[9] La que determina los derechos y obligaciones de los ciudadanos y del Estado municipal en concordancia con la Constitución Provincial y Nacional y el régimen de autonomía de los Municipios.
[10] Nos referimos sobre todo a déficit del proyecto en la profundización del diagnóstico socio-económico y de los actores colectivos del territorio, entre otros.
[11] Escribano A., Ponencia Mimeo Foro Córdoba de ONGs. - 2005.
[12] En su gran mayoría barrios constituidos a partir de erradicación de Villas de Emergencia o Asentamientos Irregulares.
[13] Nos estamos refiriendo por ejemplo, al significado que toman, en estos sectores, las cuestiones como la distancia y la accesibilidad a los centros de salud, educación, trabajo, etc., cuando por ejemplo, no se cuenta con vehículo o dinero para pagar el servicio de transporte.

Fuente: ADITAL

Zaragoza: Plan de Movilidad Sostenible

Buenas Noticias en torno al Urbanismo: José Luis Gomez

La ciudad que huye

Jordi Borja

lunes, 10 de septiembre de 2007

Espacio público, condición de la ciudad democrática


La creación de un lugar de intercambio.
Por Jordi Borja
N. de la R.: esta nota trascribe la conferencia brindada por Jordi Borja en el Foro Internacional Espacio Público y Ciudad, realizado en Bogotá los días 10 y 11 de mayo de 2005. Se publica con autorización del autor; fue editado anteriormente en las memorias de dicho Foro, editadas por la Alcaldía Mayor y la Cámara de Comercio de la capital colombiana.

1. ¿Qué es espacio público?
Según un libro que acaba de salir en Francia sobre el urbanismo y la vida social actual, titulado Ciudades y su ordenación (escrito por un conjunto de urbanistas, arquitectos, ingenieros y sociólogos franceses), el espacio público es ordenación, desarrollo y gestión. Y anotan que el elemento central del urbanismo de nuestra época es el urbanismo entendido como hacer de la ciudad un lugar de intercambio. El comercio es un intercambio; incluso en algunos países se utiliza el término comercio no sólo para el intercambio de bienes, sino también para el intercambio de ideas.
Y añaden después que los otros tres aspectos importantes del urbanismo actual son:
crear ámbitos de seguridad;
la proximidad de las relaciones;
el buen ambiente, el ambiente ciudadano, la calidad del entorno.
Esto me recuerda algo que me llamó mucho la atención. Una vez, en un seminario de este tipo en Buenos Aires, hace algunos años, el director de urbanismo de la ciudad dijo: "La principal infraestructura económica de una ciudad son los cafés, los bares, los restaurantes, etc., porque ahí es donde la gente se habla e intercambia información, intercambia proyectos, rumores, murmuraciones". La ciudad, pues, es el lugar que se perfila en el mundo actual, en donde cada vez el mejor urbanismo es aquel que crea espacios de intercambio.

2. El proceso de producción del espacio público como una apropiación colectiva
Cuando se establece la propiedad privada de la ciudad, se hacen los catastros, etc., y cada uno es propietario hasta el cielo y hasta el centro de la Tierra. Esta apropiación privada de la ciudad, únicamente limitada por los ejes viales, resulta hasta cierto punto insoportable para la burguesía. ¿Por qué? Porque no tienen dónde mostrarse.
Entonces reaccionan de la misma forma que en los teatros de la ópera durante mucho tiempo en el siglo XIX: las luces se mantenían encendidas durante toda la presentación, porque así las señoras podían mostrar sus joyas y vestidos. En las actas de algunos teatros, según he leído, hubo oposición a la no encendida de luces en las juntas de propietarios o en los consejos de administración, porque decían: "con lo que nos cuestan estas cosas, ¿cómo vamos a permitirlo?". La burguesía ascendente necesita un lugar donde mostrarse, donde enseñarse, donde encontrarse con ella misma. Entonces se hacen los paseos, las alamedas, las avenidas; incluso en algunas ciudades se normativiza cómo hay que ir vestido para pasear: con saco, chaqueta, etc. Aún hay en Barcelona algunos equipamientos culturales de gestión pública, como el Teatro de la Opera, que antes obligaban a ir con esmoquin; ahora esto ya se ha perdido, pero en el círculo donde se puede cenar, aún hay que ir con corbata. Y esto no es que se valore ir con corbata, es una medida de exclusión social. Es decir, no nos extrañemos de que las políticas de espacio público que se empiezan a desarrollar en las ciudades europeas a finales del siglo XIX sean políticas de embellecimientos a la ciudad, monumentalización de ciertas partes de la ciudad. Hay una gran parte de la ciudad que quedará fuera de esto, a las que incluso no podría llegar el transporte colectivo ni las infraestructuras de saneamiento, entre otras.
El origen del espacio público es una respuesta clasista al proceso de apropiación privada de la ciudad. Después, como ha ocurrido en otros aspectos de la vida social, por suerte, hay un proceso, si quieren, de democratización urbana que es de progresiva apropiación social. Yo recuerdo que en Barcelona fue casi una revolución cultural cuando a finales de la década del sesenta o a principios de la del setenta, los colectivos organizados en los barrios reclamaban, entre otras cosas, una plaza. Fue una buena relación que se estableció en aquel momento entre estos movimientos sociales opositores o reivindicativos y los sectores culturales avanzados del mundo del urbanismo. Se planteaba que no bastaba con que hubiese un bus o un centro de asistencia sanitario retirado del lugar de residencia, ahora se necesitaba también una plaza, un centro cívico de encuentro, un equipamiento cultural, etc.
Es decir, ha habido un proceso de conquista democrática, a veces ambigua, porque en ocasiones se reclamaba algo para encerrarse sobre sí mismo. Eso es lo que puede pasar a veces con el ambulantaje (ventas ambulantes): de ser una presencia en el espacio público puede acabar siendo una apropiación privada del espacio público. Aún hay muchas ciudades, no únicamente en América Latina, en que el espacio público común se entiende como un espacio cualificante, que ofrece distintas posibilidades a la gente de estar en él, y que además mejora la autoestima de los ciudadanos porque los hace sentir que son tratados como los otros, como los de la ciudad más formal, más rica.
Nou Barris, Barcelona(Fuente: Nou Barris, La penúltima Barcelona, Ajuntament de Barcelona)
En el centro de Barcelona hay barrios en que la gran transformación de los últimos 10 años ha sabido hacer espacio público. Acabo de finalizar un trabajo sobre una de las zonas más proletarias de la ciudad que se titula De la marginación a la ciudadanía, en donde afirmo que la gran transformación ha sido que en 25 años esta zona que los mismos ciudadanos de Barcelona veían como extraurbana, se ha convertido en una zona ciudadana a través de la calidad del espacio público o de la existencia del espacio público.
Por tanto, hay una reacción positiva, pero la historia no es un proceso lineal. No es como decía Sartre al principio de su autobiografía: "Yo creía que la historia era una línea recta que llegaba hasta aquí". No, la historia avanza, es una fuerza oscura que avanza y retrocede en muchos aspectos y, al mismo tiempo, en este proceso de apropiación social democrática de la ciudad a través del espacio público, hay unas dinámicas que niegan este proceso, unas dinámicas en que algunas ciudades han ido susstituyendo el espacio público por la vialidad motorizada.
También lo decía Enrique Peñalosa: San Paulo, en la década que gobernó Maluf y sus amigos, creó unas autopistas urbanas que eran un crimen, un "urbanicidio". A propósito hay un artículo muy interesante de Mike Davis, el autor de La ciudad del cuarzo, sobre Los Angeles, que se llama "Planeta de ciudades - Miseria", en el que muestra cómo ciertos desarrollos urbanos y arquitecturas matan la ciudad, porque no sólo son los barrios cerrados que se desarrollan en las periferias o incluso dentro del tejido urbano, o los parques temáticos encerrados sobre sí mismos. En Barcelona, ustedes vieron que, en esta famosa cosa aún difícil de definir que fue el "Foro Mundial de las Culturas", fue creado una especie de parque temático solamente para congresistas y turistas, absolutamente ajeno al tejido urbano y a la vida ciudadana. Ahí también hay unos desarrollos periféricos de casas adosadas, sin otra cosa que vivienda; hay apropiaciones excluyentes del espacio público.
Por ejemplo, en Estados Unidos y en México, una parte de las calles están apropiadas por los hoteles; en Cancún, para ir a la playa hay que pasar por el hotel. Algo falla. Es decir, tenemos una tendencia que está destruyendo no solamente el espacio público sino destruyendo la ciudad. Estamos, pues, en una época histórica en que la ciudad se juega su futuro y éste depende de cómo se diriman estas dinámicas contradictorias.
Pues bien, en el planeamiento del espacio público es importante definir los usos del suelo para el futuro desarrollo urbano y, por tanto, decir que el 30% ó 40% tiene que ser espacio público; definir también usos del suelo para cuando cambie el uso actual. En algunas ciudades, ha sido muy importante decir que todo esto va ser zona industrial, o comercial, pero si deja de serlo, si deja de ser industria, pues tendrá que pasar a ser equipamiento o espacio público. Es una forma de conseguir el suelo barato: "usted como gestor de esta operación de desarrollo inmobiliario tiene que ceder 20% para vialidad, tiene que ceder un 15% ó 20% del suelo para vivienda social; tiene que ceder tanto para espacio público", al margen de la vialidad.
En España, incluso el siniestro gobierno del Partido Popular (PP) que hemos sufrido durante ocho años no ha conseguido cambiar del todo las cesiones que tiene que hacer el propietario en una operación de suelo inmobiliario: puede ser del 50% entre vialidad, espacio público y zona para equipamientos, más una cuota de vivienda social. También se trata de aprovechar las oportunidades. Por ejemplo, cuando hay una zona ferroviaria, una zona militar, una zona industrial, una zona portuaria que es objeto de una operación de reconversión, el sector público puede tener la tentación de hacer oficinas, en determinado promedio. Esto es un grave error. En Chile, que es un país con un gobierno en teoría de centro izquierda, éste hace y dice cosas que la derecha europea no se atrevería a decir. En Valparaíso, la zona portuaria se va a renovar. El sector público razona sobre la oportunidad de negocio más rentable en el corto plazo y apuesta a proyectos privados de vivienda, excluyendo a la ciudad del espacio de mayor calidad y agotando un uso del suelo que no es recuperable, es decir "matando la gallina de los huevos de oro". Creo que generar espacio público a través de la directiva pública es importante, sin importar las morfologías. Se pueden hacer parques, se pueden hacer calles, se pueden hacer espacios públicos vinculados a equipamientos, a entornos de equipamientos, pero en todas las operaciones de transformación urbana del espacio público, hay que dejar que muchas acciones las ejecute el sector privado, pero poniendo condiciones. Que tengan en cuenta el interés público, porque a la larga también es lo mejor para los agentes económicos privados también. El beneficio inmediato puede favorecer a unos cuantos; el beneficio mediato favorece a muchos, incluyendo a los inversionistas, a los actores económicos.
Con esto, el espacio público lo hace no sólo el planeamiento sino la gestión pública, la gestión urbana. Por tanto, cuando se realiza una actuación sectorial en un lugar concreto hay que ser consciente de que está haciéndose un pedazo de ciudad, y que cuando se hacen desarrollos urbanos en zonas no urbanizadas hay que apostar por el largo plazo. Alguien antes me preguntaba: ¿en cuánto tiempo acabaremos aquí con la economía informal? Probablemente, cuando no haya pobres. Un sector de economía informal existirá siempre, pero puede ser marginal: es lo que pasa en ciudades europeas.
En los desarrollos urbanos hay que apostar por el largo plazo y saber que el desarrollo tiene que ser equilibrado en cuanto a establecer compromisos entre lo edificado y lo no edificado; entre lo que es generación de empleo, espacio público, equipamiento, vivienda; que tiene que haber vivienda para distintos estratos de la sociedad, etc. Pero cuando se actúe en la ciudad existente, también hay que tener un gran respeto por la historia. Si se quiere hacer una buena operación de reconversión urbana en una zona portuaria, lo que se cree de nuevo tiene que oler a puerto, de lo contrario perdería su especificidad,su originalidad. Si se quiere hacer una operación de renovación urbana en una antigua zona industrial, hay que mantener los edificios de las fábricas, primero porque es memoria urbana; es una historia de trabajo, es mucho sudor. Es trabajo acumulado el que está en estas piedras, no sólo son memoria; es una historia de lucha obrera, de emprendedores con una iniciativa y, además, es lo que le da originalidad a aquella zona. En Londres me maravilló cómo ciertas torres que están de moda mantienen ese paisaje. En este momento estamos enfrascados en una batalla con mis amigos de Barcelona porque están destruyendo una parte importante del patrimonio industrial, de lo que se llamó el Manchester Catalán, que era la zona industrial del siglo XIX, y no simplemente por ignorancia sino por falta de sensibilidad.
Entonces, los espacios públicos no son únicamente aquellos que están pensados para espacios públicos, son también otros espacios, y creo que tal vez muchas veces no se les ha puesto atención; por ejemplo, lo que llamamos los espacios de transición que pueden crearse alrededor de una edificación, alrededor de un equipamiento cultural, de una zona hospitalaria, de una zona de universidades, etc. Como los que Marc Augé ha llamado los no lugares: pueden ser lugares si se les da un plus de significado, un plus de funciones. Porque los hospitales pueden ser algo más que hospitales, las universidades pueden ser algo más que universidades; incluso las industrias pueden generar parques alrededor. Por tanto, hay espacios efímeros, espacios que pueden usarse como espacio público, aunque después estén destinados a otra cosa; pero a veces esa otra cosa tarda 5, 10, 15 ó 20 años en suceder; o espacios públicos intermitentes. En Manhattan, tú sales un sábado por la mañana y ves que una serie de rincones que estaban durante la semana abandonados, se convierten en una especie de mercado de ropas: son espacios intermitentes, intersticiales.
Pueden haber espacios públicos generados por una actividad que se deslocaliza; por ejemplo, han dicho ya que la gente no va a comprar libros y no frecuenta las bibliotecas, entonces, vamos a llevar las bibliotecas a la gente (con bibliotecas ambulantes) y están generando espacio público más rico que simplemente una playa donde vas a tomar el sol.
Hay ese espacio público también que es el paisaje urbano. En Bilbao charlé con el responsable y director de El Corte Inglés, la principal cadena de grandes almacenes en España, y le dije que no podía hacer una arquitectura que se confrontara con la ciudad, que no generara ningún espacio de transición, porque a la larga no sería un buen negocio para ellos. Y el de Bilbao, a diferencia del de Barcelona, era muy consciente de esto y de hecho hay una competitividad entre este gran centro comercial y las asociaciones de pequeños o medianos comerciantes de la zona.
Ahora estoy haciendo un trabajo para la Cadena de Comercio Liverpool, en Polanco, la mejor zona de México DF, y me dijeron: "Queremos hacer una propuesta para que haya una actuación urbanística en nuestro entorno, porque pensamos que cuanto más animado sea nuestro entorno, con restaurantes, librerías, lugares de música, centros culturales, tiendas, etc., también nos irá mejor a nosotros y además nosotros también tenemos que contribuir a la calidad de la ciudad, no únicamente que vengan a comprarnos dentro, sino contribuir por lo menos a la calidad de nuestro entorno…".

3. Algunos criterios sobre la actividad económica en el espacio público
En primer lugar, piensen siempre que las ciudades en sí son el comercio. Sin comercio no hay ciudad. O como decía un dirigente ya fallecido de la izquierda española, pero muy pragmático: "miren, si podemos hacer la revolución la hacemos, pero lo más importante es que al día siguiente las tiendas abran". Es decir, que no se pare la actividad económica, y especialmente la actividad comercial.
Segundo, que la ciudad como espacio público depende mucho de la existencia de un comercio desarrollado en el conjunto del espacio urbano.
Tercero, que el urbanismo puede favorecer la animación urbana integrando el comercio en sus concepciones. No se puede plantear un proyecto de recualificación de un barrio marginal, con altos índices de inseguridad, informalidad, indigencia, etc., simplemente con la visión de hacer una "rambla". ¡Cuidado!, el urbanismo no resuelve todo, y menos lo resolverá un espacio público. Si no controlamos qué pasa en las plantas bajas, no habrá animación urbana. Y la gente (es lo que está pasando ahora) se va a pasear a una "rambla" 500 metros más lejos porque le da un ambiente de más seguridad.
Por tanto, al mismo tiempo que hacer una rambla como espacio público se debe tener la capacidad de gestión de los primeros pisos que dan frente al espacio público, y de que las mismas mafias al margen de la ley no compren los apartamentos nuevos que hagan alrededor del proyecto, que es lo que está pasando por cierto.
Los centros comerciales extraciudadanos, los que están en estos espacios lacónicos lejos del tejido urbano, no sólo no generan ciudad sino que favorecen la informalidad en la ciudad existente, que es la ciudad que queda en manos de los sectores más pobres que no pueden desplazarse a los centros comerciales ni son solventes para ello. Es decir, que las nuevas tecnologías, el pequeño comercio, las galerías, las calles comerciales, etc., puedan dar las mismas ventajas que los centros comerciales y que es posible, en el tejido urbano, la competitividad entre grandes almacenes y un tejido de pequeño y mediano de comercio; que la producción del espacio público incluyendo la presencia del comercio, tiene que ser una producción participativa.
Plaza P. Lorenzo Massa, Buenos Aires: defensa ciudadana de un espacio público(ver en este número la nota Buenos Aires `06: conflictos y armonías)
Otros elementos adicionales serían:
- Que a la hora de pensar el espacio público hay que tener en cuenta no solamente la opinión de los planificadores del sector público, hay que tener en cuenta la opinión de los actores sociales: los comerciantes entre ellos, pero también los vecinos, o los departamentos universitarios que estudian estos procesos. Por ejemplo, un equipo universitario está polemizando con el ayuntamiento de Barcelona lo que significa destruir tejido industrial. Esta labor de investigación de un equipo universitario ha conseguido que el movimiento social vecinal (el cual primero sólo revindicaba que se hicieran viviendas) o de los trabajadores y de los empresarios que estaban en este tejido (que quieran mantenerse en el lugar o ser indemnizados) asumieran también el valor de la memoria inscrita en el suelo que representa este conjunto industrial.
- Que el mantenimiento del espacio público es un costo y hay que encontrar fórmulas para la financiación del mismo. Hay muchas ciudades que han encontrado fórmulas de responsabilización del mantenimiento de cierto espacio público con empresas privadas y colectivos vecinales, entre otros.
- Que en el espacio público, cuanto más calidad más conflicto. Que sea conflictivo a veces los políticos no lo entienden. En una democracia, el conflicto no desaparece. Lo que proporciona la democracia son las posibilidades de regular el conflicto de una manera pacífica y, hasta cierto punto, normatizada. Entonces, cuánto más rico es un espacio público más conflictivo. Por tanto, tiene que haber una gestión participativa del conflicto, de los lugares y los tiempos o tiene que haber también una participación en la definición de los usos efímeros intersticiales, etc.; tiene que haber una capacidad de decisión para, en cierto momento, decir no, ustedes tienen razones pero no tienen la razón. Es importante que cada uno exprese las razones, pero no darle la razón.
- Que tiene que haber una participación, después, en la evaluación de los espacios públicos. Muchas veces no se evalúan: se hace una inversión pública muy fuerte y después se dice: ¿qué pasa?, si no va nadie. Algo pasa. En mi época de responsable político, me di cuenta de que unos espacios públicos que hicimos y pensamos que eran fantásticos y estaban muy bien diseñados, no funcionaron. Tienes que plantearte por qué no funcionaron, o por qué se degradaron tan rápidamente, o por qué han sido apropiados por un cierto colectivo. Hay que abrir una nueva evaluación participativa.
Finalmente agregaría: la actividad económica de la ciudad tiene que ayudar a generar espacio público ciudadano, y un buen espacio público es la mejor garantía de la competitividad económica de la ciudad.
JB

Bogotá

El autor es geógrafo y urbanista. Actualmente dirige los programas del Máster en Gestión de la ciudad, en la Universidad Abierta de Cataluña, y Máster virtual de la Universidad Politécnica de Cataluña y Máster presencial; es director de Urban Technology, una consultora que realiza trabajos en Europa y en América Latina. En los últimos 10 años ha desempeñado funciones de dirección y asesoría a planes estratégicos y proyectos urbanos, programas de reforma político-administrativa y de des-centralización. Ha dictado varias conferencias en Barcelona, San Sebastián, Gijón, Valencia, Lisboa, Roma, Río de Janeiro, Sao Paulo, Porto Alegre, Bogotá, Medellín, Buenos Aires, Rosario, Córdoba, Santiago de Chile y Ciudad de México, entre otras. Entre 1983 y 1995 formó parte del Gobierno de la ciudad de Barcelona como Teniente de Alcalde, responsable de descentralización y participación, director ejecutivo del área metropolitana, delegado de Relaciones Internacionales y presidente de la ponencia redactora del proyecto de ley especial para la ciudad. Es autor, además de los libros Espacio público, ciudad y ciudadanía y La ciudad conquistada.
De Jordi Borja ver también las notas las notas La ciudad conquistada, Barcelona y su urbanismo y La Revolución Urbana I y II, y el comentario Tendencia no es destino, sobre su libro La Ciudad Conquistada, en los números 2, 21, 31, 32 y 15, respectivamente, de café de las ciudades.
Sobre espacio público, ver también la nota Del espacio publico a lo publico en la ciudad escindida, de Julio Arroyo, en este número de café de las ciudades.
Sobre el Foro Internacional Espacio Público y Ciudad, de Bogotá, ver también en este número la reseña de sus memorias en Otras publicaciones, y la nota Bogotá y sus dos modernidades en el número 32 de café de las ciudades.
De Los no lugares, de Marc Augé, ver la trascripción del prologo al final del relato Aeropuerto, de María Berns, en el número 16 de café de las ciudades.
Sobre las intervenciones urbanísticas del Foro Mundial de las Culturas del año 2004 en Barcelona, ver la nota 1, 2, 3, ¿muchas Barcelonas...? en el número 24 de café de las ciudades.


Imagen: En el café, obra del pintor brasileño Zé Cordeiro


Fuente: Café de las Ciudades